La compra de una unidad inmobiliaria en Panamá le permite calificar para una Visa Permanente de acuerdo al Decreto ejecutivo 722 del 15 de Octubre de 2020.
Mediante Decreto Ejecutivo No. 722 de 15 de octubre de 2020, se crea el Permiso de Residente Permanente en calidad de Inversionista Calificado por razón de inversión inmobiliaria mediante un contrato de promesa de compraventa en Panamá, bajo las siguientes condiciones:
Condiciones de Elegibilidad: Será elegible para solicitar el Permiso de Residente Permanente, en calidad de Inversionista Calificado, aquella persona extranjera que realice inversiones por medio de contrato de promesa de compraventa para la adquisición de un bien inmueble, por la suma de quinientos mil dólares (US$500,000.00), realizada por medio de un depósito de fideicomiso manejado por un banco o fiduciaria de la localidad, con licencia para operar en la República de Panamá.
Durante los primeros veinticuatro (24) meses posteriores a la entrada en vigencia del Decreto Ejecutivo No. 722 de 15 de octubre de 2015, que fue publicado en Gaceta Oficial No. 29,136 de 16 de octubre de 2020, es decir, hasta el 16 de octubre de 2022, la inversión por razones de inversión inmobiliaria, de forma directa o por medio de contratos de promesa de compraventa, para los efectos del Permiso de Residencia Permanente, en calidad de Inversionista Calificado, podrá ser por la suma de trescientos mil dólares (US$300,000,00), en la compra de un bien inmueble en la República de Panamá, el cual deberá estar libre de gravámenes. Si el bien inmueble tuviere un valor superior, el excedente podrá ser financiado a través de un préstamo hipotecario otorgado por un banco o institución financiera de la localidad.
Para cualquier consulta o información adicional sobre los requisitos y costos relacionados con la obtención del Permiso de Residente Permanente por razón de Inversión Inmobiliaria en Panamá, favor no dude en contactarnos al buzón de correo electrónico residenciapermanente@rigrouppanama.com
Mediante Decreto Ejecutivo No. 722 de 15 de octubre de 2020, se crea el Permiso de Residente Permanente en calidad de Inversionista Calificado por razón de inversión inmobiliaria en Panamá, bajo las siguientes condiciones:
Condiciones de Elegibilidad: Será elegible para solicitar el Permiso de Residente Permanente, en calidad de Inversionista Calificado, aquella persona extranjera que invierta la suma de quinientos mil dólares (US$500,000.00), en la compra de un bien inmueble en la República de Panamá, el cual deberá estar libre de gravámenes. En el caso que el solicitante acredite que ha pagado la suma líquida de quinientos mil dólares (US$500,000.00) en un bien inmueble y éste sea de un valor superior a lo requerido, podrá financiar el remanente a través de préstamo hipotecario con un banco local.
Durante los primeros veinticuatro (24) meses posteriores a la entrada en vigencia del Decreto Ejecutivo No. 722 de 15 de octubre de 2015, que fue publicado en Gaceta Oficial No. 29,136 de 16 de octubre de 2020, es decir, hasta el 16 de octubre de 2022, la inversión por razones de inversión inmobiliaria, de forma directa o por medio de contratos de promesa de compraventa, para los efectos del Permiso de Residencia Permanente, en calidad de Inversionista Calificado, podrá ser por la suma de trescientos mil dólares (US$300,000,00), en la compra de un bien inmueble en la República de Panamá, el cual deberá estar libre de gravámenes. Si el bien inmueble tuviere un valor superior, el excedente podrá ser financiado a través de un préstamo hipotecario otorgado por un banco o institución financiera de la localidad.
Para cualquier consulta o información adicional sobre los requisitos y costos relacionados con la obtención del Permiso de Residente Permanente por razón de Inversión Inmobiliaria en Panamá, favor no dude en contactarnos al buzón de correo electrónico residenciapermanente@rigrouppanama.com
Mediante Decreto Ejecutivo 197 de 7 de mayo de 2021, se modificaron y adicionaron artículos al Decreto Ejecutivo No. 416 de 13 de junio de 2012, que crea dentro de la categoría migratoria de Residente Permanente, la subcategoría de Residente Permanente en calidad de extranjeros nacionales de países específicos que mantienen relaciones amistosas, profesionales, económicas y de inversión con la República de Panamá, comúnmente denominada “Visa de Países Amigos”.
Estas nuevas reglas comenzarán a regir a los noventa (90) días a partir de su promulgación mediante Gaceta Oficial No.29, 290-A de 20 de mayo de 2021, es decir, a partir del 20 de agosto de 2021.
Para calificar se debe llevar a cabo una Inversión en un bien inmueble a título personal del solicitante con un valor mínimo de US$200,000.00, operación que podrá ser financiada a través de un banco de la localidad.
El extranjero deberá ser originario de alguna de las siguientes naciones con las cuales Panamá mantiene relaciones amistosas, profesionales, económicas y de inversión:Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República Federal de Alemania, República de Argentina, Confederación de Australia, República de Corea, República de Austria, República Federativa de Brasil, Reino de Bélgica, Canadá, Reino de España, Estados Unidos de América, República Eslovaca, República Francesa, República de Finlandia, Reino de los Países Bajos, República de Irlanda, Estado de Japón, Reino de Noruega, República Checa, Confederación Suiza, República de Singapur, República Oriental de Uruguay, República de Chile, Reino de Suecia, República de Polonia, Hungría, República Helénica (Grecia), República Portuguesa, República de Croacia, República de Estonia, República de Lituania, Latvia, República de Chipre, República de Malta, República de Servia, República de Montenegro, Estado de Israel, Reino de Dinamarca, República de Sudáfrica, Nueva Zelanda, Región Administrativa Especial de Hong Kong, Gran Ducado de Luxemburgo, Principado de Liechtenstein, Principado de Mónaco, Principado de Andorra, Serenísima República de Marino y República de Costa Rica.
Para cualquier consulta o información adicional sobre los requisitos y costos relacionados con la obtención del Permiso de Residente Permanente por razón de Inversión Inmobiliaria en Panamá, favor no dude en contactarnos al buzón de correo electrónico residenciapermanente@rigrouppanama.com
Te ayudamos con todo desde:
Trabajamos de la mano con las mejores firmas de abogados del país para que tu trámite de residencia sea todo un éxito.
Panamá, bello país de valor incalculable, su canal, sus playas, su cultura, su arte, su ciudad, sus sistema financiero estable y fuerte.
Gracias a su privilegiada posición geográfica, Panamá se ha transformado en uno de los centros de negocios más importantes del continente, con una gran experiencia en áreas como logística, banca, finanzas, servicios y comercios, lo que sumado a su estabilidad económica, la ha puesto como uno de los destinos más atractivos y seguros para inversión y vivienda.
Para ellos existen más de 30 leyes y decretos que ofrecen incentivos especiales en diferentes sectores tales como el turismo, zonas procesadoras de exportación, minería, reforestación, seguros y reaseguros, agro-industria, zonas libres de petróleo, infraestructura, construcción, bienes y raíces y muchos más, permitiendo esto un flujo estable y diversificado de ingresos y divisas.
Ser alegre, parrandero, carismático y pacífico son cualidades que crean la identidad del panameño, Panamá es una ciudad cosmopolita pero su esencia está en su gente, esa diversidad de razas y esa mezcla de colores los caracteriza.
Panamá cuenta con el dólar como moneda, una conectividad que va mucho más allá que la ubicación geográfica, como el Canal de Panamá y el Aeropuerto Internacional de Tocumen, el desarrollo de puertos y un Centro Bancario Internacional robusto y estable.
Información de Contacto:
Casa matriz Torre Ri group Piso 11. Panamá, Ciudad de panamá, Obarrio, Calle 53 este.
Teléfonos:
(507) 395-3659
Correo Electrónico:
info@rigrouppanama.com
Todos los derechos reservados, RI GROUP 2021. Sitio Web desarrollado por Pixel Media Publicidad